Trámites para constituirse en asociación

ASOCIACIONES QUE PRETENDAN TENER SU ÁMBITO DE ACTUACIÓN ÚNICAMENTE EN LA COMUNIDAD DE MADRID:

Tendrán que inscribirse previamente en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid (supone la constitución de la Asociación como tal).

El enlace del Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid al que pueden acceder para obtener toda la información es el siguiente:

https://www.comunidad.madrid/servicios/asociaciones-fundaciones-colegios-profesionales/registro-asociaciones-comunidad-madrid

Los modelos de impresos que solicita la Comunidad de Madrid (modelos de acta fundacional, de Estatutos, de Certificado de identidad de componentes de la Junta Directiva, etc) aparecen en el siguiente enlace:

https://www.comunidad.madrid/servicios/asociaciones-fundaciones-colegios-profesionales/registro-asociaciones-comunidad-madrid

ASOCIACIONES CUYO ÁMBITO DE ACTUACIÓN ESTÁ PREVISTO QUE SEA A NIVEL NACIONAL O FUERA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, TENDRÁN QUE DARSE DE ALTA PREVIAMENTE EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR (REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES).
ENTIDADES QUE PUEDEN INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES CIUDADANAS DE ALCALÁ DE HENARES:

Pueden inscribirse en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas las Entidades que cumplan los siguientes requisitos:

– Carecer de ánimo de lucro

– Asociaciones o fundaciones que realicen su actividad en Alcalá

– Estar legalmente constituidas con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación o normativa reguladora de las fundaciones.

– Tener su domicilio social o una oficina delegada abierta en Alcalá de Henares. En ambos casos es imprescindible que dicha circunstancia figure en los Estatutos.

– Que tenga como objetivos la defensa, el fomento o la mejora de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos de Alcalá, o la defensa, el fomento o la mejora de la situación de la ciudadanía de los países en vías de desarrollo o del mundo en vías de desarrollo, siempre y cuando realizan alguna actividad significativa en el municipio de Alcalá de Henares.

EFECTOS Y VENTAJAS DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES CIUDADANAS ALCALÁ DE HENARES:

El Registro Municipal de Entidades Ciudadanas tiene dos objetivos fundamentales en el marco de una política municipal de fomento del asociacionismo participativo:

a) Reconocer a las entidades inscritas y garantizarles el ejercicio de los derechos regulados en el Reglamento y en la legislación vigente.

b) Permitir al Ayuntamiento y a la ciudadanía conocer en todo momento los datos más importantes de la sociedad civil del municipio, la representatividad, el grado de interés o la utilidad ciudadana de sus actividades, su autonomía funcional y las ayudas que reciban de otras entidades públicas o privadas.

Ventajas que les reportan a las Entidades el inscribirse (entre otras):

– Acceder a subvenciones municipales
– Posibilidad de acceder a la cesión continuada de un espacio público municipal.

TRÁMITES PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES:

Los documentos a presentar son los que se recogen a continuación:

a) Solicitud de inscripción debidamente rellenada

b) Copia de los Estatutos o normas de funcionamiento vigentes,  que deberán contener todos los extremos del artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y   venir con firmas originales por todos los miembros promotores, figurando el domicilio social, ámbito de actuación y actividad.

c) Copia del documento acreditativo de la inscripción en los registros: Registro General de Asociaciones de la Comunidad de Madrid, Registro del Ministerio del Interior (para entidades de ámbito estatal) o Registro de Fundaciones.

d) Certificado de la composición de la Junta Directiva, incluyendo cargos, nombres y apellidos.

e) Programa o memoria de actividades del año en curso.

f) Presupuesto equilibrado del año en curso de la entidad, con gastos e ingresos detallados.

Toda la documentación referida deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza de Cervantes, 4) así como en cualquiera de las Juntas Municipales de Distrito o a través de la sede electrónica municipal.

Modificación de datos:

Las asociaciones inscritas están obligadas a notificar al Ayuntamiento cualquier modificación de los datos incluidos en la documentación que haya servido de base para la inscripción, dentro del mes siguiente al de la fecha en que dicha modificación se haya producido.

VIGENCIA DE LA INSCRIPCIÓN:

A los efectos de la continuación de la vigencia de la inscripción, todas las entidades inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas  deberán presentar anualmente, antes del último día del mes de marzo, la siguiente documentación:
· Memoria de actividades realizadas en el transcurso del año anterior.
· Balance económico del ejercicio.
· Número de asociados a fecha 31 de diciembre.
· Cualquier modificación que se haya podido producir por motivo de la celebración de asamblea general anual de socios o por otros motivos previstos en los estatutos.

La falta de esta documentación podrá determinar la no continuidad de su inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones, previa audiencia a la interesada.

Translate »